Diseño, aplicación, análisis y publicación de resultados de encuesta sobre la administración de justicia (Colombia) (página 2)
Vale la pena traer a consideración aquí algunas opiniones obtenidas en los grupos focales que coinciden con estos resultados cuantitativos. Respecto de los jueces de descongestión, se evidenció la importancia de definir con mayor precisión las características de los procesos a ser apoyados por esta medida y las labores del funcionario de descongestión, de tal forma que puedan cumplirse a cabalidad las metas impuestas en términos de tiempos y calidad en los despachos. Sobre este tema, también se resaltó la necesidad de resolver la situación de provisionalidad en la que se encuentran estos funcionarios y prever mejor sus tiempos de contratación, de tal manera que éstos puedan terminar los procesos que asumen en su totalidad y no tener que dejar el proceso a medias debido a una terminación de su contrato ya que puede afectar los tiempos procesales y la calidad.
Para los Jueces y litigantes la mejor medida de descongestión es sin duda la creación de más cargos, medida que ha venido realizando el Consejo Superior de la Judicatura en la medida de los recursos disponibles.
2.3.2 Percepciones sobre figuras para reducir los tiempos procesales
Además de las medidas para resolver los problemas de carga laboral y congestión, el Consejo Superior ha venido implementando otras orientadas a dotar de facultades al juez para terminar los procesos cuando las partes no actúen las cuales repercuten en el mejoramiento de la eficiencia y la celeridad en la administración de justicia.
De acuerdo con los Jueces y Magistrados, los factores que más contribuyen al cumplimiento de los términos procesales[13]tienen que ver con conductas en principio atribuibles a las partes procesales. En efecto, el 20,4% de los Jueces y Magistrados considera que el factor que ha contribuido más es el cumplimiento de las partes procesales en las distintas actuaciones del proceso, mientras el 16,4% opina que es la disminución de las prácticas dilatorias de parte de éstas. Estos datos reflejan que la morosidad en los procesos no sólo puede ser atribuida a la carga laboral y a los Jueces, sino que las partes también pueden contribuir con una mayor lealtad procesal, complementado con poderes al juez para agilizar los procesos.
Por otra parte, el 15,9% percibe que el uso de la figura de la perención ha contribuido de manera importante a reducir estos términos y el 11,4% considera que la figura del desistimiento tácito también ha sido importante. Adicionalmente, el 11,3% afirma que los medios puestos a disposición por el Consejo Superior de la Judicatura para hacer más efectivas las notificaciones de los autos y providencias, han sido el factor que contribuye más al cumplimiento de los términos.
Gráfica 2.15
FACTORES QUE CONTRIBUYEN A LA DISMINUCIÓN DE LOS TIEMPOS PROCESALES
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio.
Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Sobre las figuras que dispone la Ley para ayudar a los Jueces a mejorar el cumplimiento de los tiempos procesales, la de desistimiento tácito es utilizada por el 28,0% de los Jueces, la de perención por el 27,3% y la de transacción por el 10% (véase gráfica 2.16).
Gráfica 2.16
FIGURAS MÁS UTILIZADAS PARA MEJORAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS TIEMPOS PROCESALES, SEGÚN TAMAÑO DE MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Los Jueces y Magistrados también tienen a su disposición procedimientos para evitar la dilación de los procesos por parte de los litigantes. Al respecto, éstos señalaron que la práctica que más utilizan en este sentido es el apremio (36,9%) y le sigue la amonestación. La multa se utiliza muy poco.
Gráfica 2.17
FIGURAS MÁS UTILIZADAS PARA MEJORAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS TIEMPOS PROCESALES, SEGÚN TAMAÑO DE MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
En general, las prácticas para evitar la dilación del proceso por parte de los abogados litigantes son menos utilizadas que las figuras de desistimiento tácito, perención y transacción; el 47% de los Jueces no utilizan las primeras mientras que el 35% no utilizan las segundas.
Es de resaltar entonces que se percibe un mejoramiento en general en el tema de tiempos procesales en el que de alguna manera han jugado un papel importante el mejor comportamiento de las partes, debido al uso de las figuras dispuestas por la Ley a un mayor control de la dilación del proceso que hacen los abogados litigantes. En los grupos focales se destacó el uso de las figuras de desistimiento tácito, perención y transacción, que son consideradas por muchos Jueces de gran contribución a la reducción de los tiempos procesales. Se consideró así mismo importante darle continuidad y promover aún más el uso de estas medidas.
2.3.3 Percepciones sobre modelos de gestión para mejorar carga laboral y servicios de apoyo
Es de señalar que el Consejo Superior de la Judicatura ha venido implementando, en aras de la eficiencia y la eficacia, una serie de servicios orientados a mejorar la gestión de los despachos, tales como centro de servicios, auxiliares de justicia, oficinas de apoyo, desconcentración territorial de los servicios judiciales, que en aquellos municipios donde funcionan los Jueces progresivamente han venido usándolos. Quienes los han utilizado consideran que estos servicios son útiles o muy útiles.
En relación con la atención del Consejo Superior de la Judicatura al requerimiento de recursos de los despachos, en los grupos focales con Jueces se pudo establecer que esta entidad podría responder con mayor eficacia y oportunidad a los requerimientos de recursos por parte de los Jueces. En ese sentido se obtuvo la percepción de que la toma de decisiones sobre estos temas está muy centralizada en Bogotá y que las proyecciones presupuestales definidas para cada vigencia fiscal nunca son suficientes en función de estos requerimientos.
Se señaló allí la necesidad de explorar formas de descentralización del gasto, de manera que los Consejos Seccionales, quienes están más próximos a las necesidades de los Jueces en las regiones, puedan tramitar con mucha más celeridad estos requerimientos sin tener que acudir a la instancia nacional. De todos modos, en los grupos focales hubo una percepción generalizada respecto a que, en comparación con la situación de la Rama Judicial antes de la existencia del Consejo Superior de la Judicatura, la atención de los requerimientos de los Jueces para el funcionamiento del despacho hoy en día es mucho mejor, en términos de eficacia y oportunidad.
En términos de los modelos de gestión que manejan los despachos, el 12,5% de los Jueces y Magistrados conoce un despacho que utiliza su propio modelo de gestión que le ha permitido manejar la carga de forma óptima. El 84,4% de ellos conoce el modelo de gestión y de estos últimos el 82,8% ha intentado aplicarlo. Esto significa que se podrían lograrbuenos resultados buscando emular las mejores prácticas de gestión de los despachos.
3. Percepciones sobre la gestión administrativa
En la descripción del objetivo de Eficiencia y Eficacia[14]se hace énfasis en dos grandes insumos para lograr la pronta y cumplida justicia: "la optimización del uso de los recursos físicos, financieros y el desempeño del talento humano en el ejercicio de la función judicial", y el mejoramiento del "rendimiento y racionalización de los procedimientos judiciales y de la oferta de justicia". En este capítulo se tratan temas atinentes al primero de estos insumos y en el siguiente al segundo de ellos.
Una de las principales funciones del Consejo Superior de la Judicatura, en cumplimiento de sus objetivos de política, es el desarrollo del proceso de gestión administrativa, entendido como el proceso mediante el cual se obtiene, despliega o utiliza una variedadde recursos básicos para apoyar los objetivos de la organización.
Es así como desde el punto de vista de la eficiencia y la eficacia es fundamental el apoyo que la Sala Administrativa brinda en materia de gestión tecnológica, gestión de los espacios físicos, recurso humano y funciones administrativas de los despachos en la prestación del servicio de administración de justicia. En el presente estudio, la percepción sobre estos aspectos se obtuvo de diferentes maneras, tanto en la encuesta como en los grupos focales realizados. Para cada ítem se analizan primero los resultados de la encuesta, luego los resultados de los grupos focales y, posteriormente, se hará una síntesis de aquellos aspectos en los que haya convergencia entre cada una de las fuentes de información.
3.1 GESTIÓN TECNOLÓGICA
La gestión tecnológica orientada hacia la modernización de la gestión judicial es sin duda uno de los aspectos clave en el logro de la eficiencia y eficacia de la administración de justicia. Esta gestión tiene que ver, por un lado, con la dotación y el mantenimiento de la infraestructura tecnológica y, por el otro, con la implementación y adecuación de los servicios de comunicaciones LAN[15]y WAN[16]
3.1.1 Dotación y mantenimiento de la infraestructura tecnológica
El Consejo Superior de la Judicatura ha hecho un esfuerzo importante desde que fue creado en la compra y actualización de computadores e impresoras a nivel nacional. De hecho, en 1992 la cobertura tecnológica en la Rama Judicial era del 10% (1.873 equipos de cómputo y 13.517 impresoras), mientras que a 2010 esta cobertura ya era del 85% (con 23.102 equipos de cómputo y 13.517 impresoras)[17]. El reconocimiento a este esfuerzo se ve reflejado en la encuesta, según la cual el 81,3% de los Jueces y Magistrados tiene una percepción positiva sobre la incidencia de los recursos tecnológicos en el desempeño de sus labores. De todos modos, un 14,4% de los encuestados tiene una percepción negativa de estos recursos, pues considera que su labor se vería mucho más beneficiada si hubiera una mejor dotación de estos recursos tecnológicos y algunos de ellos estuvieran actualizados y en constante mantenimiento.
Gráfica 3.1
INCIDENCIA DE LOS ASPECTOS TECNOLÓGICOS EN EL DESEMPEÑO DE LAS LABORES
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Para entender este 14,4% de los despachos que dijeron tener una percepción negativa sobre los recursos tecnológicos, vale la pena observarlo con mayor detalle. Al hacerlo, se encuentra que en la jurisdicción donde hay una mayor percepción negativa es en la Ordinaria (17,5%). Dentro de ésta, al desagregar por jerarquía del despacho, se evidencia que son los Juzgados municipales los más insatisfechos con los recursos tecnológicos (20%), y los Jueces promiscuos (52,5%) quienes más perciben que dichos recursos no han incidido de manera positiva en su gestión.
A pesar del esfuerzo que ha venido haciendo la Sala Administrativa en materia de compra de equipos, la encuesta realizada evidencia que la dotación aún es insuficiente para responder a la demanda de los despachos. Muestra de ello es que el 77% de los despachos judiciales del país señalaron tener algún equipo (computadores, impresora, fax, escáner) que no fue asignado por el Consejo Superior de la Judicatura. En sólo computadores, ese porcentaje es del 53%, lo que evidencia que las proyecciones de cobertura del Consejo Superior en materia de dotación de equipos no avanza al mismo ritmo de la demanda[18]en un escenario donde la tecnología se convierte cada vez más en un recurso estratégico. Esta cifra es aún mayor en las ciudades pequeñas, lo que denota que el Consejo Superior de la Judicatura deberá ajustar sus metas de cobertura en apoyos tecnológicos con la misma intensidad en las grandes ciudades que en las pequeñas.
Gráfica 3.2
PROMEDIO DE COMPUTADORES QUE SE UTILIZAN EN LOS DESPACHOS Y QUE NO FUERON ASIGNADOS POR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA POR TIPO DE MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
La encuesta evidenció que estos computadores que no han sido asignados por el Consejo Superior de la Judicatura pertenecen principalmente a funcionarios del despacho, tal y como se observa en la gráfica a continuación. Los funcionarios judiciales, particularmente los de pequeñas ciudades, a falta de una dotación completa de equipos, han tenido que recurrir a equipos propios para no ver entorpecido su trabajo y el avance de los procesos, lo cual es una señal de compromiso de los Jueces y de los funcionarios judiciales con sus obligaciones.
Gráfica 3.3
ORIGEN DE COMPUTADORES QUE SE UTILIZAN EN LOS DESPACHOS Y QUE NO FUERON ASIGNADOS POR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
En los grupos focales, algunos Jueces, si bien reconocieron la gestión de la Sala Administrativa en este sentido, afirmaron que evidentemente se necesitan más equipos y con mayor capacidad de procesamiento de información. Igualmente, algunos Jueces participantes comentaron que el mantenimiento de los equipos y las impresoras podría hacerse de una manera más ágil y oportuna.
3.1.2 Implementación y adecuación de los servicios de comunicaciones LAN y WAN
En el proceso de modernización de la administración de justicia, la implementación y adecuación de los servicios de comunicaciones LAN y WAN constituye uno de los aspectos más relevantes. Según la encuesta, el 37% de los despachos en todo el país señaló contar con un buen servicio de Internet suministrado por el Consejo Superior de la Judicatura. Es importante tener en cuenta que esta proporción varía según el tamaño del municipio, como se ilustra en la gráfica 3.4.Es claro que en las pequeñas ciudades hay problemas de conectividad que no necesariamente son responsabilidad del Consejo Superior de la Judicatura, ya que allí hay un rezago generalizado en términos de infraestructura para las telecomunicaciones. Esta falta de cobertura en pequeñas ciudades se confirma con el hecho de que la encuesta haya reflejado que el 67% de los juzgados promiscuos no cuenta con servicio de Internet (véase gráfica 3.5).
Gráfica 3.4
PROPORCIÓN DE DESPACHOS QUE CUENTAN CON EL SERVICIO DE INTERNET ASIGNADO POR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, SEGÚN TAMAÑO DE MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Gráfica 3.5
PROPORCIÓN DE DESPACHOS QUE CUENTAN CON EL SERVICIO DE INTERNET ASIGNADO POR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, SEGÚN JERARQUÍA Y TIPO DE DESPACHO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
De acuerdo con la encuesta, el 77% de los Jueces y Magistrados considera que la página Web de la Rama Judicial ha tenido una incidencia positiva en el desempeño de sus labores.
Gráfica 3.6
INCIDENCIA DE LA FACILIDAD PARA LA CONSULTA DE LA PÁGINA WEB DE LA RAMA JUDICIAL EN EL DESEMPEÑO DE LAS LABORES
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Sin embargo, según la encuesta, el 54,1% de los funcionarios judiciales no tienen correo electrónico institucional. Como se observa en la gráfica, la gran mayoría de éstos se encuentran en los municipios intermedios y pequeños. Una de las metas en el nuevo Plan Sectorial es que para el 2014 el 100% de los Jueces y Magistrados debe contar con este servicio y usarlo.
Gráfica 3.7
DISTRIBUCIÓN DE LOS DESPACHOS QUE NO TIENEN CORREO ELECTRÓNICO SEGÚN TAMAÑO DE CIUDAD
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
En cuanto a sistemas de información, el Consejo Superior de la Judicatura ha venido implementando progresivamente diferentes tipos de sistemas de información para mejorar la eficiencia del servicio de administración de justicia. Enmarcados en esta tendencia de actualización tecnológica propiciada por la Sala Administrativa, Jueces y Magistrados señalaron en la encuesta que servicios tecnológicos como el mejoramiento del software Siglo XXI, la notificación electrónica y el expediente virtual y podrían producir un impacto significativo en la mejora del desempeño del despacho (véase gráfica 3.8).
Gráfica 3.8
PERCEPCIONES DE JUECES Y MAGISTRADOS SOBRE RECURSO TECNOLÓGICO DE MAYOR IMPACTO EN EL DESEMPEÑO DEL DESPACHO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Por otra parte, en los grupos focales se evidenció que teniendo en cuenta la tecnología que hoy en día está disponible se podría aprovechar mucho mejor los recursos en aras de un mejor servicio de administración de justicia. Los litigantes señalaron que muchas de las actuaciones en los procesos podrían hacerse vía Internet, lo cual si bien viene realizándose no es lo suficientemente generalizado tanto por parte de Jueces como por parte de abogados litigantes. Los abogados perciben, además, que muchos funcionarios judiciales son reacios a actualizarse en materia tecnológica y no reconocen la importancia de estas herramientas para mejorar la gestión administrativa del despacho, situación que podría estar relacionada en algunos casos con la brecha generacional y la resistencia a las nuevas tecnologías.
3.2 GESTIÓN DE ESPACIOS FÍSICOS
Otro componente fundamental dentro de la eficiencia y la eficacia de la administración de justicia, que además está relacionado con el objetivo de acceso, es el proceso de gestión de espacios físicos, el cual tiene que ver con la construcción, adquisición y mantenimiento de inmuebles parala prestación del servicio en general. En el último cuatrienio, la Sala Administrativa realizó avances significativos en este sentido, lo cual fue reconocido tanto por Jueces y Magistrados en la encuesta como por los abogados litigantes en los grupos focales[19]
Una condición básica de la infraestructura física es que los funcionarios judiciales cuenten con espacios de trabajo adecuados, tanto desde el punto de vista del tamaño como de las características del mismo. En la encuesta realizada se aplicó un módulo de infraestructura física por observación que permitió establecer este tipo de aspectos de la manera más objetiva posible.
Al examinar el área física promedio en metros cuadrados con que cuentan los Jueces y Magistrados portipo de municipio, se nota una tendencia a contar con mayor área en Bogotá, que en las otras ciudades grandes y que en las ciudades intermedias; no obstante, en los municipios pequeños, muy probablemente porque es menos costoso contar con espacios grandes y por el tipo de construcciones, se cuenta con áreas que se acercan a las de las ciudades grandes (véase gráfica 3.9).
Gráfica 3.9
ÁREA FÍSICA PROMEDIO EN METROS CUADRADOS CON QUE CUENTAN LOS JUECES Y MAGISTRADOS POR TIPO DE MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Ahora, si se analiza este espacio teniendo en cuenta el número de personas que trabajan en él, se visualiza cuántos metros cuadrado en promedio por persona tienen los despachos (ver gráfica 3.10). Según esta gráfica, es claro que Bogotá y los municipios pequeños tienen un mayor espacio por persona en contraste con las ciudades grandes e intermedias. En Bogotá el Juez tiene en promedio más espacio de trabajo; sin embargo le siguen los municipios pequeños.
Gráfica 3.10
METROS CUADRADOS PROMEDIO POR PERSONA CON QUE CUENTA LOS JUECES Y MAGISTRADOS POR TIPO DE MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Un indicador interesante sobre los problemas de espacio lo da el volumen de expediente que se encuentra en las instalaciones judiciales por fuera de estantería. Esto es, expedientes que se apilan sobre una mesa o incluso sobre el piso. Bogotá se destaca por tener en los despachos de los Jueces y Magistrados un mayor volumen de expedientes por fuera de estantería, especialmente en las áreas de trabajo de los funcionarios y en archivo.
DISEÑO, APLICACIÓN, ANÁLISIS Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
Gráfica 3.11
VOLUMEN PROMEDIO OCUPADO POR EXPEDIENTE FUERA DE ESTANTERÍA EN EL ESPACIO OBSERVADO POR TIPO DE MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Por otra parte, con base en las variables observadas a través de la encuesta, es posible construir dos índices en relación con el espacio físico: índice de buen estado de la dotación física e índice de buen estado de la infraestructura física. Como se observa en el siguiente cuadro, en las grandes ciudades es donde hay una mayor proporción de Jueces y Magistrados que considera que la dotación de sus despachos es buena (93,2%), seguida de Bogotá (86,3%). En todo caso, la proporción más baja, la de los pequeños municipios tan solo llega al 65,0%, lo cual indica que, en general, en todos los despachos la calidad de la dotación (mesas de trabajo, asientos, escritorios, archivadores) es buena.
Cuadro 3.1
DISTRIBUCIÓN DEL ÍNDICE DE BUEN ESTADO DE LA DOTACIÓN FÍSICA POR TIPO DE MUNICIPIO
De igual manera, hay un resultado altamente positivo en relación con la calidad de la infraestructura física (iluminación, ventilación, estado de las paredes, piso y techo), como se observa en el cuadro a continuación. La proporción de buen estado es, sin embargo, significativamente menor en las pequeñas ciudades (59,1%), lo que evidencia que de todas maneras hay una brecha regional importante.
Cuadro 3.2
DISTRIBUCIÓN DEL ÍNDICE DE BUEN ESTADO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA POR TIPO DE MUNICIPIO
En los grupos focales que se hicieron con Jueces, éstos reconocieron el esfuerzo que ha venido haciendo el Consejo Superior de la Judicatura en materia de modernización y adecuación de la infraestructura física y de suministro de inmuebles. Sin embargo, aún queda mucho por hacer, y hay juzgados que tienen problemas serios de espacios suficientes y adecuados tanto en Bogotá como en el resto del país. Por su parte, en los grupos focales algunos abogados litigantes de Bogotá señalaron la necesidad de que haya salas para consultar los expedientes.
3.3 GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO
Aparte de la gestión tecnológica y de los espacios físicos, el Consejo Superior de la Judicatura cumple un papel muy importante en el apoyo al recurso humano de la Rama Judicial, aspecto que está también asociado con el objetivo de Calidad, como se verá más adelante.
Según la encuesta, el 60% de los Jueces y Magistrados del país considera que los recursos de formación y capacitación con que cuenta su despacho tienen un alto o muy alto grado de incidencia positiva en el desempeño de las labores (véase gráfica a continuación). Es decir, hay una percepción significativa de que el apoyo al recurso humano que ha venido dando la Sala Administrativa en los últimos años ha sido efectivo y ha contribuido al mejoramiento del servicio de administración de justicia.
Gráfica 3.12
INCIDENCIA DE LOS RECURSOS DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN EN EL DESEMPEÑO DE LAS LABORES
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Por otra parte, la encuesta también evidenció que el recurso humano es el factor que más impacto tiene en el desarrollo de los procesos.
En los grupos focales hubo varias apreciaciones sobre la gestión del recurso humano los participantes expusieron los problemas y limitaciones que hoy en día existen con el recurso humano del servicio de administración de justicia.Uno de los puntos que surgió de manera recurrente fue el de la insuficiencia de funcionarios judiciales en cada despacho. Dada la alta carga laboral, para abogados y Jueces es indispensable abrir más cargos. Adicionalmente, se señaló la importancia de que los funcionarios que se nombren en los despachos para apoyar las labores de los Jueces deben cumplir con el perfil requerido tanto desde el punto de vista jurídico como administrativo.
Se indicó también la importancia de que los funcionariostengan una disposición adecuada para la atención al público. En cuanto a los incentivos, se discutió la relevancia de examinar a fondo el sistema de remuneración de los funcionarios judiciales de tal forma que éstos puedan mejorar su desempeño en el despacho.
3.4 GESTIÓN DE APOYO A FUNCIONES ADMINISTRATIVAS EN LOS DESPACHOS
Parte de la gestión de la Sala Administrativa es apoyar a los Jueces en las funciones administrativas que realizan en el despacho. Ciertamente, un despacho que tenga un manejo administrativo adecuado puede tener un mejor desempeño en la gestión de los procesos judiciales. Así mismo, un Juez que no tenga que dedicar tanto tiempo a las labores administrativas y pueda dedicarse a sus funciones jurisdiccionales, es un Juez que va a poder mover sus procesos de manera más eficiente.
En la encuesta se indagó precisamente por el tiempo promedio que los Jueces dedican a la semana a sus actividades para establecer qué dedicación le daban a las labores administrativas (véase gráfica).
Gráfica 3.13
TIEMPO PROMEDIO, EN HORAS, DEDICADO A CADA TIPO DE ACTIVIDAD
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Los Jueces tienen la percepción de que están trabajando en promedio una hora más cada día, para un total de 45 horas semanales[20]durante el cual el 91% del tiempo lo dedican a labores estrictamente jurisdiccionales y el restante en otro tipo de actividades, incluyendo las administrativas. De todos modos, es necesario señalar que un 17% de los Jueces considera que dedica más de 8 horas semanales a labores administrativas del despacho, desagregadas según la siguiente gráfica.
Gráfica 3.14
FACTORES QUE INCIDEN EN EL NÚMERO DE HORAS DEDICADAS A LABORES ADMINISTRATIVAS
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Los resultados evidencian que si bien no es una percepción muy generalizada, sí es pertinente que en el ámbito de la gestión de los despachos se exploren estrategias donde el Juez se libere de funciones administrativas, tales como las unidades de servicios administrativos, secretarias comunes, oficinas especializadas endepósitos judiciales, remates, empresas de mensajería para notificaciones, entre otras medidas, para que el tiempo del Juez se dedique exclusivamente a la atención de los procesos.
Esta percepción de los Jueces obtenida en la encuesta sobre el tiempo dedicado a la administración del despacho, contrasta con la percepción obtenida de los abogados litigantes y Jueces en los grupos focales. La percepción predominante es que en la administración de justicia no existe un modelo estándar de gestión del despacho, tanto en la atención diaria a los usuarios como en la forma como se organiza internamente la gestión de los procesos. La expresión "cada juzgado es un mundo diferente" fue muy generalizada, especialmente entre los abogados litigantes que no entendían cómo, por ejemplo, cada juzgado civil municipal o civil del circuito en la misma ciudad atendía el despacho de manera diferente en cuanto a situaciones que deberían estar estandarizadas tales como horario de atención, acceso a los expedientes, práctica de pruebas, notificación de las providencias, acceso al Juez, entre otros[21]
Cabe señalar que el principio de autonomía e independencia de los Jueces debe circunscribirse al ámbito de la función jurisdiccional, es decir, de la forma como se fallan los procesos, pero ésta no puede predicarse sobre actividades administrativas del despacho en las que se deben cumplir los lineamientos expedidos por la Sala Administrativa. La estandarización en el manejo de los procesos desde el punto de vista administrativo es una garantía para los ciudadanos, en la medida en que la expectativa de la forma en que se va a desarrollar el proceso no debería estar sometida a tanta dispersión. En el mismo sentido, la aplicación de los procedimientos judiciales, aquellos que están establecidos en loscódigos de procedimiento, lo que buscan es dar certidumbre al tratamiento de los distintos conflictos que se presentan ante la justicia. De suerte que la variabilidad de los resultados en los distintos procesos depende del juicio de interpretación de cada Juez en relación con los hechos, las pruebas y la ley aplicable en cada caso. La confluencia de la certidumbre que procede de la estandarización de los procedimientos administrativos y de la aplicación de los procedimientos judiciales es uno de los fundamentos del principio de seguridad jurídica, que está en la base del derecho al acceso a la justicia.
De todos modos, en la encuesta se refleja que en medio de circunstancias complejas, tales como congestión, espacios físicos reducidos, presiones externas de toda índole, hay experiencias exitosas en muchos juzgados y en muchas ciudades que deberían ser replicados como señal de que es posible lograr buenos modelos de gestión del despacho. Estos Jueces "exitosos" deberían volverse multiplicadores de su experiencia de una forma sistemática y apoyada por el Consejo Superior de la Judicatura. Esto se confirma con el hecho de que el 26% de los Jueces y Magistrados encuestados consideran que la promoción de las mejores prácticas de manejo de despacho es un tema relevante que debiera hacer parte del sistema de incentivos de la Rama Judicial[22]
El 34,7% de los Jueces y Magistrados considera que es importante la revisión y adecuación de los horarios de atención al público.
Gráfica 3.15
PROPORCIÓN DE PERSONAS QUE CONSIDERA IMPORTANTE LA REVISIÓN Y ADECUACIÓN DE LOS HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
4. Percepciones sobre la implementación de la oralidad
Dentro del objetivo de Eficacia y eficiencia del Plan Sectorial de Desarrollo de la Rama Judicial 2007-2010, el Consejo Superior de la Judicatura estableció como una de sus políticas "fortalecer los instrumentos procesales que agilicen la gestión judicial con mecanismos como la oralidad en todas las jurisdicciones y especialidades"[23]. Así, en los últimos años la oralidad ha adquirido un peso importante dentro de la estrategia de la Sala Administrativa para modernizar la administración de justicia. Efectivamente, en el Informe al Congreso de la República 2007-2008, la entidad rectora de la Rama Judicial señala que uno de los retos de la administración de justicia de cara al futuro es precisamente la implementación de la oralidad en los procedimientos en todas las jurisdicciones[24]una tendencia que marcará el horizonte de todo el sistema judicial colombiano en el mediano plazo y que se prevé será la forma de darle mayor celeridad y transparencia a los procesos judiciales, constituye un verdadero cambio de paradigma de como se administra justicia. La percepción de los Jueces y Magistrados obtenida a través de la encuesta y las apreciaciones en los grupos focales tanto de Jueces como abogados litigantes permite valorar de qué manera se ha dado hasta el momento esta implementación del sistema oral.
En primer lugar, cabe destacar que, según la encuesta, el 62% de los Jueces y Magistrados emplea en la actualidad el sistema de oralidad en su despacho, lo cual es una señal inequívoca del importante grado de avance de este sistema en desarrollo de la función judicial. El hecho de que en promedio la mitad de los Jueces y Magistrados del país ya estén empleando la oralidad en los procedimientos da cuenta de la expansión que este sistema ha tenido en los últimos años. El cuadro a continuación presenta algunas cifras al respecto.
Cuadro 4.1
PORCENTAJE DE JUECES Y MAGISTRADOS QUE EMPLEAN LA ORALIDAD SEGÚN ESPECIALIDAD
Como se puede ver en este cuadro, el 81% de Jueces penales ya están empleando la oralidad. En las otra especialidades también hay un porcentaje importante de utilización de la oralidad, excepto en la jurisdicción Contencioso-administrativa, en donde ésta apenas es del 10%.
Si se observa la utilización de la oralidad según tipo de ciudad, llama la atención que el 94% de los Jueces de ciudades pequeñas haya afirmado tener procesos donde se aplique la oralidad. En ciudades intermedias este porcentaje se reduce a 55% y en grandes ciudades a 48%. En Bogotá, este porcentaje es de 45%[25].
Todavía más relevante que la ampliación del sistema oral en todo el país, es el hecho de que el 56% de los Jueces y Magistrados que dijeron utilizar la oralidad consideran que esto ha contribuido a reducir los tiempos de trámite de los procesos en más del 50%, lo cual evidencia que la oralidad sí está teniendo un impacto significativo en uno de los objetivos que se propuso el Consejo Superior de la Judicatura.
Gráfica 4.1
PORCENTAJE DE REDUCCIÓN DE LOS TIEMPOS PROCESALES DEBIDO A LA ORALIDAD
SEGÚN ESPECIALIDAD
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría – SEI.
La gráfica anterior muestra que la incidencia de la oralidad en la celeridad de los procesos se da particularmente en la especialidad de Menores, Laboral y Penal, siendo esta última donde se puede ver con mayor claridad el impacto.
Los Jueces que asistieron a los grupos focales confirmaron el resultado positivo que ha tenido la oralidad. Uno de ellos, señaló que los procesos laborales pasaron de demorarse cinco años a demorarse cinco meses con la implementación de la oralidad. Esto hace que los Jueces consideren que esta política debe ampliarse y fortalecerse.
Sin embargo, si bien se reconoce que la oralidad ha tenido un impacto positivo en el cumplimiento de los tiempos procesales, jueces y litigantes señalaron en los grupos focales que persisten cuellos de botella en la implementación de la oralidad asociados fundamentalmente con tres aspectos: 1) la insuficiencia de salas de audiencias y recursos tecnológicos, 2) los vacíos procedimentales que ha generado la transición de un sistema a otro y 3) la ausencia de estándares de calidad de los procesos.
Una de las condiciones básicas para que el sistema oral funcione bien es la de contar con salas de audiencias adecuadas y equipos acordes con las necesidades del sistema. Al respecto, los Jueces concluyeron en los grupos focales que el Consejo Superior de la Judicatura ha hecho un esfuerzo importante en ese sentido. Sin embargo, también comentaron que, dada la creciente demanda por el uso de estos recursos físicos, se ha presentado una congestión en las salas existentes, por lo cual es importante duplicar los esfuerzos para seguir construyendo salas y dar abasto con la demanda.
Estas percepciones obtenidas en los grupos focales coinciden con los resultados de la encuesta, según la cual el tiempo promedio de antelación con que hay que solicitar o reservar la sala de audiencia en Bogotá es de 5,5 días. En las otras ciudades grandes es de 5,2 días, en ciudades intermedias es de 4,9 días y en municipios pequeños es de 1,8 días (véase gráfica 4.2).
Gráfica 4.2
PROMEDIO DE TIEMPO DE SOLICITUD DE SALA POR TIPO DE CIUDAD, EN DÍAS
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Para los abogados litigantes participantes de los grupos focales en ciudades distintas a Bogotá, la infraestructura para el sistema oral aún no es la idónea, en parte por la falta de presupuesto de la Rama Judicial para realizar las adecuaciones locativas necesarias. De igual manera, es importante contar con mejores recursos tecnológicos para que el sistema pueda ser efectivo.
Otro aspecto que ha dificultado la implementación efectiva de la oralidad es que ésta no se ha dado en todas las instancias, en contravía de la celeridad que busca alcanzar. Según expresaron los Jueces en los grupos focales, el hecho de que los Tribunales no estén implementando este sistema lleva a que, cuando funcionan como segunda instancia de procesos civiles del circuito, haya demoras importantes en el proceso. Además, al no adoptar la oralidad, solicitan por escrito los resultados de las audiencias, lo cual hace que los Jueces tengan que realizar un trabajo adicional de transcribir las grabaciones para "garantizar que los procesos en la segunda instancia se resuelvan más rápido", como afirmó una de las Juezas.
En la transición de un sistema escrito a uno oral los funcionarios judiciales consideran que todavía hay varios vacíos en los procedimientos. Hay una percepción generalizada de que con la sola grabación se va a perder información y en diferentes despachos están asumiendo distintamente este tipo de procesos. En los grupos focales con litigantes se identificó como otro problema de la oralidad las demoras que persisten en la práctica de pruebas.
Un último aspecto que en los grupos focales fue recalcado particularmente por los abogados litigantes como un obstáculo para la implementación efectiva de la oralidad es el de la calidad de los procesos. En Bogotá se argumentó que la oralidad no puede sacrificar la calidad de los fallos por ganar en eficiencia. Se señaló, por ejemplo, el poco tiempo que se le da al abogado en la audiencia para interponer y sustentar un recurso de reposición, en contraposición del tiempo que tiene el juez para dar a conocer su fallo con posterioridad a la celebración de la audiencia.
5. Percepciones sobre acceso a la justicia
En el Plan Sectorial de Desarrollo de la Rama Judicial 2007-2010[26]se identifican como los principales logros en materia de Acceso a la Justicia en el período 2003-2007, la implementación del Sistema Penal Acusatorio, el fortalecimiento de las políticas de reordenamiento judicial a través del Mapa Judicial, la creación de nuevos cargos temporales y permanentes orientados a enfrentar el problema de la congestión judicial y sus derivados de atraso y mora, la implementación de la jurisdicción de justicia y paz, el impulso a la jurisdicción de paz y su articulación con otras figuras como los conciliadores en equidad, estudios orientados a un mejor conocimiento de la jurisdicción indígena, logros todos estos que indican que la concepción del Consejo Superior de la Judicatura sobre el Acceso a la Justicia tiende a ser asimilada con políticas de mejoramiento de la oferta judicial, es decir, de la infraestructura judicial y del recurso humano.
En el Plan Sectorial 2007-2010 se establecen como políticas de acceso, refuerzo del mapa judicial, reordenamiento de competencias territoriales, impulso a juzgados de múltiples competencias para tramitar conflictos menores, promoción de los mecanismos de conciliación, mecanismos de desjudicialización de controversias, adecuación del sistema judicial para la implementación de la ley de Infancia y Adolescencia, desarrollo del nuevo régimen disciplinario de los abogados, impulso a la jurisdicción de paz y su articulación con el sistema judicial formal.
En la Cuarta Encuesta de profundización se buscó determinar la percepción de los jueces y magistrados, abogados litigantes y ciudadanos, sobre el grado de cumplimiento de los objetivos en materia de acceso. La percepción de los jueces y de los auxiliares de los despachos es muy parcial porque tienen el sesgo de ver lo que logró entrar, es decir, lo que se conoce como la demanda efectiva, pero tienen muy poca información sobre la demanda que pudo haber accedido al sistema de justicia y por alguna razón no lo hizo.
A pesar de esta limitación en la observación, llama la atención que se hayan identificado dos razones que explican problemas de acceso: falta de adecuación de las instalaciones físicas, especialmente en ciudades intermedias y pequeños municipios, y problemas de acceso en aquellas ciudades donde los juzgados y tribunales se encuentran en grandes edificios y el acceso a las instalaciones lo controlan guardias de compañías de vigilancia privada (véase gráficas a continuación).
Gráfica 5.1
EL FUNCIONARIO JUDICIAL CONSIDERA QUE SE HAN DEJADO DE ATENDER PERSONAS EN EL ÚLTIMO AÑO PORQUE NO PUDIERON INGRESAR A LAS INSTALACIONES
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Gráfica 5.2
RAZONES PARA QUE LAS PERSONAS NO PUDIERAN ENTRAR A LAS INSTALACIONES
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Gráfica 5.3
RAZONES POR LAS QUE ALGUNAS PERSONAS NO PUDIERON INGRESAR A LAS INSTALACIONES JUDICIALES POR TIPO DE MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
De quienes respondieron que se ha dejado de atender a personas en los despachos judiciales, 44.9% considera que se debe a la falta de adecuación de las instalaciones para el acceso de personas con alguna discapacidad física. Razón que se incrementa (hasta un 80%) en ciudades pequeñas y municipios donde no hay complejos judiciales. Los jueces reconocen que en las grandes ciudades, donde el Consejo Superior de la Judicatura ha invertido recursos importantes para el mejoramiento de las instalaciones, ha habido un avance significativo para remover barreras de acceso físicas y arquitectónicas.
Llama la atención que se haya señalado como una de las principales causas para el no ingreso de las personas a las instalaciones de los juzgados y tribunales el hecho de que de los servicios de vigilancia lo impidieron. El acceso físico es la primera forma de acceso al servicio de administración de justicia, e impedirlo a personas que van en busca de orientación o de información sobre sus necesidades jurídicas constituye una situación que debe ser corregida.
De otra parte, los propios funcionarios judiciales señalan como otras causas de no atención de los usuarios en el despacho factores relacionados con la pérdida provisional del expediente, ausencia de servicio eléctrico, caída en el sistema de información, daños en los equipos de sistemas, las cuales son atribuibles en principio a falta de gestión del despacho o a problemas cuya solución competen al Consejo Superior de la Judicatura (véase gráficas siguientes).
Gráfica 5.4
EL FUNCIONARIO JUDICIAL CONSIDERA QUE EXISTEN PERSONAS QUE HABIENDO ENTRADO A LAS INSTALACIONES NO FUERON ATENDIDAS POR INSUFICIENCIA DE ALGÚN RECURSO, EN LOS ÚLTIMOS TRES MESES
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Gráfica 5.5
RAZONES PARA QUE LAS PERSONAS NO FUERAN ATENDIDAS (POR INSUFICIENCIA DE ALGÚN RECURSO)
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
En los grupos focales con litigantes y partes procesales se pudo advertir el desconocimiento de los derechos y de las instancias donde pueden acudir los ciudadanos como una causa para no acceder a la administración de justicia. Salvo que se acuda a un abogado, los ciudadanos no encuentran información sobre cómo enfrentar sus necesidades jurídicas, y entienden que acudir a un abogado implica costos que no todos pueden sufragar. El servicio que se presta en los consultorios jurídicos se asocia con servicio para personas de escasos recursos y con competencia limitada. En general, se percibe que hay una ausencia de servicios de orientación jurídica, y que el servicio que prestan entidades como la Defensoría del Pueblo o las personerías municipales es insuficiente en unos casos y deficiente en otros, sobre todo porque la asesoría no implica necesariamente un apoderamiento.
De la misma manera, en los grupos focales los usuarios señalaron otros aspectos que afectan el acceso a la justicia, tales como los costos asociados, lejanía de las instalaciones físicas, horarios inadecuados, mala atención en los despachos judiciales, falta de confianza en los resultados del proceso y la percepción de que sus problemas no van a ser tratados imparcialmente. Es decir, hay un grado de desconfianza sobre la eficacia y la imparcialidad de parte de los abogados y los ciudadanos respecto de la administración de justicia, un tema que deberá ser enfrentado de manera integral porque todas las medidas de descongestión y mejoramiento de la productividad se quedarán cortas respecto del acceso si este punto no se resuelve. Este conjunto de problemas se identifica como una falta de adecuación de la oferta a la demanda judicial que desincentiva el uso de los servicios de la justicia. La percepción generalizada tomada en los grupos focales es que acceder al sistema de justicia implica un desgaste económico y emocional muy alto que invita a que las personas se auto excluyan de la administración de justicia.
Debe destacarse que en los grupos focales los abogados y las partes procesales tienen un alto grado de aceptación acerca del uso de la tutela, señalado como uno de los avances más significativos durante la vigencia de la Constitución de 1991 en términos de la protección de los derechos. No obstante, señalaron que resulta preocupante que ésta se perciba como el mecanismo más idóneo para la defensa de derechos en detrimento de las acciones ordinarias. Los ciudadanos han vuelto a creer en la justicia a través de la tutela, pero resulta paradójico que esa confianza no haya mejorado respecto de los mismos jueces cuando de tramitar otro tipo de procesos se trata.
Hubo consenso en los grupos focales sobre la necesidad de implementar mecanismos idóneos y efectivos para tramitar los llamados conflictos menores, tales como deudas de montos mínimos y otros conflictos para los cuales se precisa de una pronta resolución. En estos grupos focales se habló de "acercar la justicia a las necesidades del ciudadano", lo cual reitera el grave problema de articulación que existe entre la oferta y demanda judicial como eje central de los problemas del acceso a la justicia.
El ordenamiento judicial que se logra a través de la herramienta Mapa Judicial fue percibido en los grupos focales como insuficiente y no ajustado a la demanda por justicia. Los litigantes no conocen muy bien las razones por las cuales el Consejo Superior de la Judicatura crea o suprime un juzgado, y esto se refleja en la percepciónde que hace falta juzgados en algunos municipios y en otros hay más de los que se necesita.
Llama la atención el hecho de que los mecanismos alternativos de solución de conflictos, diseñados para descongestionar y para facilitar el arreglo entre las partes, en la medida en que se exigen como requisito de procedibilidad, sean percibidos por los abogados como un obstáculo más para el acceso a la justicia y,además,un factor de retardo para el avance del proceso.
Los abogados y usuarios señalaron en los grupos focales que "cada juzgado es un mundo", y en ese orden de ideas, el resultado de los procesos en cada despacho es incierto. Si bien reconocen que cada proceso es diferente, también llaman la atención sobre la gran dispersión existente en la solución de los casos entre un despacho y otro de la misma categoría, lo que ha llevado a una mala práctica litigiosa consistente en retirar las demandas de aquellos despachos de los cuales se presume no habrá un tratamiento oportuno y razonable, lo cual implica un desgaste tanto para el sistema judicial como para los usuarios[27]
Esta falta de certidumbre sobre el resultado del proceso termina afectando el acceso a la justicia porque a los costos que implica iniciar un proceso o soportarlo –costos de abogado, tiempo de oportunidad, mala atención en los despachos, costos asociados como papelería, peritajes, notificaciones – se suma la incertidumbre sobre el tiempo que tomará el proceso y sobre el resultado de la decisión.
A ello habría que agregar que en los grupos focales se detectó una percepción generalizada de parte de los abogados litigantes sobre actos de corrupción en algunos juzgados, generalmente a nivel de los auxiliares de la justicia para agilizar los procesos.
6. Percepciones sobre la calidad de la justicia
Dentro del objetivo de calidad del servicio de justicia, el Consejo Superior de la Judicatura contempla el "incremento del nivel de profesionalización, formación e idoneidad en la selección y evaluación de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, para fortalecer la aptitud, disposición de servicio y los conocimientos necesarios para el ejercicio de su función jurisdiccional"[28]. En desarrollo de este objetivo, el Consejo Superior apunta a incrementar la seguridad jurídica en los procesos como un factor de mayor confiabilidad en la Rama Judicial.
6.1 CAPACITACIÓN E INCENTIVOS
Como ya se expuso en la sección 3.3 sobre la Gestión del recurso humano, según la encuesta, el 60% de los Jueces y Magistrados del país considera que los recursos de formación y capacitación tienen un alto o muy alto grado de incidencia positiva en el desempeño de las labores. Sin duda, un aspecto importante dentro del apoyo al recurso humano, que incide directamente en la calidad del servicio de administración de justicia, es la formación y capacitación de los funcionarios judiciales. Formación y capacitación que desde el año 2000 el Consejo Superior de la Judicatura viene brindando a través de la Escuela Judicial "Rodrigo Lara Bonilla"[29].
Teniendo en cuenta lo anterior, es importante analizar una de las preguntas hechas en la encuesta sobre qué aspectos le gustaría a Jueces y Magistrados que hicieran parte de un sistema de incentivos para la Rama Judicial. Por un lado, a los Jueces les pareció importante más capacitación (49%); lo cual indica su motivación para estar actualizándose de manera permanente con el fin de mejorar su labor judicial. Por otra parte, los Jueces consideran, en un 15%, que el apoyo a la descongestión de los despachos es un incentivo importante, de tal forma que ven con buenos ojos que el Consejo Superior de la Judicatura siga apoyando los despachos judiciales con procesos de descongestión. En una segunda opción de escogencia se destaca la permanente actualización de los servicios tecnológicos del despacho (39,1%) y la difusión de las mejores prácticas de manejo del despacho (18,4%). La gráfica a continuación ilustra estos resultados.
Gráfica 6.1
ASPECTOS QUE SE CONSIDERAN IMPORTANTES PARA SER APLICADOS EN LA RAMA JUDICIAL
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Por otra parte, se preguntó a los Jueces qué tanto los ha motivado para el desarrollo de sus funciones los resultados de la última evaluación o calificación de servicios. La gráfica a continuación presenta la distribución de las respuestas. Llama la atención que un porcentaje alto de los Jueces (40%) no conoce el resultado de la evaluación de resultados, lo que devela un problema de difusión, de socialización y de retroalimentación de las evaluaciones y calificaciones de servicios de los jueces. De quienes han tenido oportunidad de conocer los resultados de esas evaluaciones, el 18% considera que le ha servido como motivación para el ejercicio de sus funciones, y el 27% que le ha servido mucho, es decir, el conocimiento de las pruebas es un buen factor de incentivo para mejorar la calidad de la función judicial, y el Consejo Superior de la Judicatura deberá esforzarse en hacer una mejor difusión de los resultados.
Gráfica 6.2
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓNr1=ha motivado muy poco, r2=ha motivado poco, r3=ha motivado, r4=ha motivado mucho
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Respecto de la cobertura de capacitación, un poco más de la mitad (54%) de los Jueces y Magistrados manifiestan haber recibido alguna capacitación de parte del Consejo Superior de la Judicatura en el último año. Al indagar sobre la pertinencia de esta capacitación, se encontró que el 37% de los Jueces considera que ésta ha contribuido a mejorar su desempeño en el despacho y que el 48% considera que ha contribuido mucho (véase gráfica a continuación).
Gráfica 6.3
CALIFICACIÓN DE LA ÚLTIMA CAPACITACIÓN RESPECTO A LA CONTRIBUCIÓN A MEJORAR EL DESEMPEÑO EN EL DESPACHOr1=no ha contribuido nada r2=ha contribuido poco r3=ha contribuido r4=ha contribuido mucho
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Si se desagrega este resultado por jerarquía del despacho y por tamaño de municipio se obtienen los siguientes resultados gráficos.
Gráfica 6.4
CALIFICACIÓN DE LA ÚLTIMA CAPACITACIÓN RESPECTO A LA CONTRIBUCIÓN A MEJORAR EL DESEMPEÑO EN EL DESPACHO SEGÚN JERARQUÍA DE DESPACHO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Gráfica 6.5
CALIFICACIÓN DE LA ÚLTIMA CAPACITACIÓN RESPECTO A LA CONTRIBUCIÓN A MEJORAR EL DESEMPEÑO EN EL DESPACHO SEGÚN TAMAÑO DEL MUNICIPIO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
En ambos se puede ver que, en general, para más de la mitad de los Jueces y Magistrados la capacitación ha contribuido de manera significativa a mejorar su desempeño en el despacho. Estos resultados son bien importantes pues significan que el esfuerzo del Consejo Superior de la Judicatura por brindar capacitaciones de calidad y pertinencia sí está siendo percibido por los Jueces como positivo. Cabe anotar, sin embargo, que en los grupos focales varios abogados litigantes señalaron que los funcionarios judiciales del despacho, tales como sustanciadores, escribientes y secretarios no tienen la formación o el perfil requerido para su cargo, por lo que es importante idear estrategias de capacitación también para este tipo de funcionarios.
Sobre los temas en que deberían enfocarse las capacitaciones, el 38% de los Jueces y Magistrados consideraron que la argumentación jurídica y las reformas procesales son los más importantes, seguidos del conocimiento e interpretación de la jurisprudencia (26%) y la actualización normativa (16.5%), como respuesta a la gran incertidumbre sobre el derecho vigente, tanto desde el punto de vista legal como jurisprudencial (véase gráfica a continuación).
Gráfica 6.6
TEMAS QUE SE CONSIDERAN IMPORTANTES TENER EN CUENTA EN LAS CAPACITACIONES
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
Llama la atención el menor interés sobre cursos de informática, aspectos gerenciales del despacho y modelos de gestión del despacho. Que el interés se centre en aquellos temas que buscan mejorar la función judicial, y no tanto los aspectos administrativos es un mensaje que puede interpretarse como que los Jueces se sentirían cómodos con un sistema que pueda ocuparse de los temas administrativos para ellos dedicarse a sus funciones estrictamente jurisdiccionales.
6.2 SEGURIDAD JURÍDICA
Un indicador de seguridad jurídica es el grado de impugnación que se da en las sentencias en la segunda instancia. Si bien la impugnación de una providencia se sustenta en el debido proceso y en el principio de la doble instancia, en la encuesta se estableció que sólo el 25% de las sentencias son impugnadas, y de éstas sólo el 5% son revocadas. Si se observa este resultado por tipo de despacho (véase cuadro 6.1), se evidencia que es en los Juzgados Administrativos y en los Tribunales Administrativos donde más apelaciones se presentan, 53,0% y 49,9%, respectivamente.
Cuadro 6.1
PROPORCIÓN DE SENTENCIAS PROFERIDAS QUE FUERON APELADAS
En términos de referencia para los fallos, los jueces tienden a consultar mucho más las sentencias de las Altas Cortes, en menor medida las sentencias de los tribunales y muy poco las de los jueces de igual rango.
Gráfica 6.7
FRECUENCIAS DE USO DE LAS SENTENCIAS DE ALTAS CORTES, DE TRIBUNALES O JUECES DE INSTANCIA SUPERIOR Y SENTENCIAS DE FUNCIONARIOS DE IGUAL RANGO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS FALLOS
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la
U.T. Econometría-SEI.
Si bien se observa que la página web de la Rama Judicial es una fuente regular de consulta, llama la atención que otros buscadores genéricos de Internet donde la información no está sistematizada también sirvan de soporte. Los jueces señalaron que la jurisprudencia no está sistematizada ni suficientemente actualizada, y que el grado de consulta se dificulta a medida que disminuye el tamaño del municipio.
Gráfica 6.9
FUENTES DE CONSULTA POR TIPO DE SENTENCIAS UTILIZADAS
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio.
Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
En las grandes ciudades (Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla) es mucho más fácil acceder a internet y encontrar la información deseada, a diferencia de las ciudades intermedias y el pequeño municipio donde se hace mucho más difícil, generalmente por la ausencia de conexión a Internet o por la presencia de equipos obsoletos que demoran mucho la consulta de información pesada atrasando actuaciones ordinarias del despacho. Se demandó de parte de los jueces un esfuerzo de parte del Consejo Superior de la Judicatura para que más allá de poner a disposición la jurisprudencia en la página web, ésta se clasifique, sistematice y se haga más pedagógica su presentación.
Los usuarios, abogados partes procesales, señalaron en los grupos focales que la falta de preparación de los jueces es un factor que contribuye a la inseguridad jurídica, entendida como la falta de certidumbre sobre la forma cómo se tramita y se falla un caso. Si bien se reconoce que cada caso es diferente, sorprende el grado de dispersión en juzgados de la misma categoría sobre casos similares, e incluso en un mismo despacho, en ocasiones se decide de una manera y en otras oportunidades de una manera muy distinta, como si fueran dos jueces diferentes. Esto lo atribuyen en muchos casos a que en existe un relativo control por parte de los secretarios quienes en muchos casos pueden tener la experiencia pero no la formación jurídica necesaria. También sirve de sustento la presión que existe sobre el juez para evacue más procesos lo que puede actuar en desmedro de la calidad. Los abogados señalaron que el hecho de evaluar a los jueces por cantidad está sacrificando la calidad de las sentencias, tema sobre el cual hay muy poco control
No se advierte por parte del Consejo Superior de la Judicatura un control de calidad a las decisiones judiciales, muchas de las cuales son la reproducción de formatos o de textos copiados de otras sentencias, sin que se evidencie profundización en el análisis jurídico. Los jueces fallan de acuerdo con sus criterios y muy poco de acuerdo con una dinámica dialéctica con las partes. Los abogados señalaron en los grupos focales que a veces es inocua la presentación de memoriales porque los jueces fallan de acuerdo con su leal saber y entender sin tener en cuenta los argumentos de las partes.
Se adujo por parte de los abogados que la mayoría de jueces sigue siendo muy formalista, y se olvidan de la parte sustancial de los procesos, desconociendo incluso directrices de la Corte Constitucional sobre la primacía de lo sustancial sobre lo procesal, lo que implica un cambio de cultura jurídica que debería empezar en la formación en las facultades de Derecho.
7. Percepciones sobre visibilidad y transparencia
En el objetivo de Visibilidad y transparencia del Plan Sectorial de Desarrollo, el Consejo Superior de la Judicatura propone "fortalecer la armonía, consistencia jurídica, objetividad e incorruptibilidad de las actuaciones en derecho de los servidores judiciales y de quienes ejercen el litigio, a través de la implementación de mecanismos para el cumplimiento del régimen disciplinario"[30]. En este capítulo se examinan, en primer lugar, las percepciones obtenidas en los grupos focales sobre la función disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura; en segundo lugar, las percepciones obtenidas en los grupos focales y en la encuesta sobre las prácticas dilatorias de los abogados litigantes; y, en tercer lugar, unas variables de la encuesta sobre visibilidad y control ciudadano.
7.1 FUNCIÓN DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
Una de las percepciones recurrentes que surgió en los grupos focales con abogados litigantes fue la relacionada con que hay una falta de confianza de parte de los litigantes de la función disciplinaria que cumple el Consejo Superior de la Judicatura, la cual se expresa en que los abogados se sienten reticentes a denunciar disciplinariamente a cualquier juez, al considerar que van a ser estigmatizados por ello y a sufrir represalias en los distintos despachos judiciales toda vez que su denuncia se difunde en el medio judicial donde este abogado litiga.
Sin embargo, los mismos litigantes reconocieron que en muchos casos hay abogados que utilizan de manera inadecuada los mecanismos para acusar a los funcionarios judiciales en procura de mostrar resultados ante su cliente frente a decisiones adversas en el proceso. Los Jueces, por su parte, señalaron en los grupos focales que esta falta de confianza no debiera existir, pues el Consejo Superior de la Judicatura cumple su labor disciplinaria de manera rigurosa e imparcial, si bien reconocen que existe cierto grado de congestión en la jurisdicción disciplinaria.
Respecto de las sanciones del Consejo Superior de la Judicatura, los Jueces argumentaron en los grupos focales que hay un problema de fondo, como es la incapacidad de cumplir con los términos procesales habida cuenta del volumen de procesos que se maneja en los despachos. Un Juez, por ejemplo, comentó que generalmente los Jueces salen absueltos de los procesos disciplinarios porque el Consejo Superior de la Judicaturareconoce que la responsabilidad por el incumplimiento no es atribuible enteramente a la conducta del Juez, toda vez que la carga de trabajo materialmente le impide cumplir con los términos procesales y, paradójicamente, el proceso disciplinario se ha convertido, según los mismos jueces, en un factor más de distracción que le resta tiempo para sus labores judiciales ordinarias.
7.2 PRÁCTICAS DE LOS ABOGADOS LITIGANTES
Uno de los temas sobre los cuales se quiso indagar de manera exploratoria fue el de la percepción que tienen los Jueces, usuarios y litigantes sobre la incidencia que pueden tener los abogados litigantes en la dilación de los procesos. Esto con el objetivo de establecer hasta qué punto los abogados, y no sólo los funcionarios judiciales, también tienen cierto grado de responsabilidad en la congestión del sistema de administración de justicia. Así mismo, se quiso indagar sobre la percepción de los ciudadanos sobre el papel de los abogados litigantes, sobre la base de que finalmente en la mayoría de los casos el contacto del ciudadano con la administración de justicia se da a través del abogado[31]
Algunos abogados señalaron en los grupos focales que su profesión está desprestigiada por cuenta de algunos pocos abogados que incurren en prácticas inadecuadas, tanto en los despachos con los funcionarios judiciales como con sus clientes; especialmente, se señaló la falta de información oportuna y veraz sobre el avance del proceso, como quiera que el cliente sólo conoce el estado del mismo a partir de la información que le entrega el abogado. Esta asimetría de información genera una sensación de desconfianza hacia el papel del abogado. Por su parte, los Jueces consideraron en los grupos focales que en muchos casos los abogados carecen de ética, lo cual hace que tengan mala fama.
Respecto de la dilación de los procesos, algunos abogados comentaron que es cierto que algunos de ellos dilaten los procesos por medio de ciertos recursos, para ganar tiempo, y se dio como ejemplo impugnar ciertas decisiones sin mayor fundamento, aplazamiento de audiencias, entre otras. Comentaron además que hay abogados que dejan sus casos sin impulsar, quietos en el despacho, lo cual incide en la congestión. Esto indica que la congestión del sistema judicial no sólo es atribuible a los jueces y al Consejo Superior de la Judicatura, sino que también es necesario introducir correctivos para impedir que los abogados contribuyan a ellos. En la encuesta, como ya se describió en el capítulo 2, se encontró que figuras jurídicas como la perención o el desistimiento tácito han sido importantes para contribuir a reducir la congestión atribuible a falta de atención de los abogados de sus negocios. Los abogados se defienden de las críticas, argumentando que la congestión del sistema mismo hace que ellos pierden credibilidad con sus clientes. Si no hubiera congestión, comentó uno de ellos, se podría valorar el desempeño real de los abogados.
De todas maneras, los Jueces insisten en que los abogados inciden de manera importante en la congestión de los procesos. Para una de las Juezas, en materia civil la dilación es un tema bien complicado. Puso un ejemplo: "en los procesos ejecutivos es donde más quejas hay de los usuarios en el sentido de que no cumplen los tiempos. No se pone de presente el hecho de que después de la sentencia casi todos los autos son apelables. La parte demandada apela todo y eso genera enormes demoras. Así, un proceso ejecutivo hipotecario que se debiera demorar un año, máximo un año y medio, se está demorando hoy en día entre 10 y 12 años. Es una práctica muy habitual que incide en los tiempos de la administración de justicia".
Para otra Jueza, "el gremio de los abogados está muy desprestigiado. Las dilaciones tienen un fin: justificar sus honorarios ante los clientes. Hacen muchas peticiones intentando que el Juez caiga en error. No hay límite para presentar peticiones". El poder disciplinario del Juez aplica sólo cuando hay temeridad. "El abogado aprovecha a su beneficio la falta de conocimiento de su cliente, del ciudadano".
En los grupos focales los jueces señalaron que una de las situaciones más recurrentes de los abogados es la interposición innecesaria de recursos, así como la falta de colaboración en la práctica de pruebas.Para ayudar al mejor avance de los procesos, los abogados consideraron que deberían usarse más los mecanismos alternativos para la resolución de conflictos y procurar no llevar todos los casos a los estrados judiciales. En la cultura jurídica colombiana hay una propensión por llevar todos los conflictos al sistema judicial, contra lo que dice la sabiduría popular de que es mejor un buen arreglo a un mal pleito. Aquí empieza el problema de congestión.
De otro lado, en la encuesta se advirtió un uso importante por parte de los Jueces y Magistrados de los poderes disciplinarios otorgados por la ley, siendo el apremio a las partes el más utilizado por ellos, en un 36.8%, junto con la amonestación en 10.1%. Se puede ver que los jueces no son muy dados a denunciar a los abogados ante el Consejo Superior de la Judicatura, pues en el último año sólo fue usada en 4.6%., práctica que es mucho más recurrente en los poderdantes que denuncian a sus abogados.
Gráfica 7.1
PRACTICAS UTILIZADAS EN EL ÚLTIMO AÑO PARA EVITAR DILACIÓN DE LOS PROCESOS
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
7.3 VISIBILIDAD Y CONTROL CIUDADANO
Según la encuesta, el 78.3% de los Jueces y Magistrados considera que es de mucha utilidad la divulgación de fallos ejecutoriados de interés público en la web de la Rama Judicial, y el 18.8% que es de utilidad. Lo cual refuerza la necesidad de que el Consejo Superior de la Judicatura desarrolle una estrategia de difusión de fallos judiciales en su página web, como fundamento de mayor calidad y certidumbre en las decisiones judiciales y visibilidad, pero no solamente los fallos de las Altas Cortes sino que los jueces también consideraron la importancia de difundir decisiones de otros niveles jerárquicos, los cuales en la práctica son muy difíciles de conseguir en la Web de la Rama Judicial.
Gráfica 7.2
PERCEPCIÓN DE LA UTILIDAD DE LA DIVULGACIÓN A TRAVÉS DE LA PÁGINA WEB DE LA RAMA JUDICIAL DE LAS SENTENCIAS EJECUTORIAS CON CARACTERÍSTICAS DE INTERÉS PÚBLICO
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U. T. Econometría-SEI.
Los Jueces y Magistrados en un 87.1% desconocen si existen mecanismos de veeduría ciudadana a la gestión judicial, lo que evidencia la falta de una cultura de rendición de cuentas hacia la ciudadanía por parte de los jueces y del sistema judicial en su conjunto.
Ahora bien, ese desconocimiento no es sinónimo de falta de interés porque existan ese tipo de veedurías y de proceso de rendición de cuentas, porque el 48.8% lo considera útil y 26.9% de mucha utilidad. Es decir, el Consejo Superior de la Judicatura cuenta con una buena recepción de parte de los Jueces y Magistrados a la implementación de medidas de rendición de cuentas ante los ciudadanos.
Gráfica 7.3
PERCEPCIÓN DE LA UTILIDAD DE LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS, LIGAS DE USUARIOS Y AUDIENCIAS DE INFORMACIÓN DE LA GESTIÓN JUDICIAL
Fuente: Encuesta a Jueces y Magistrados de la República realizada en este estudio. Cálculos de la U.T. Econometría-SEI.
8. Principales hallazgos, conclusiones y recomendaciones
En este capítulo se presentan los principales hallazgos del estudio para cada uno de los objetivos del Plan Sectorial examinados, seguidos de las conclusiones que se desprenden de éstos y de las recomendaciones que la consultoría propone para ello.
De todos modos, es necesario precisar los alcances del estudio realizado, que debe entenderse como una encuesta de percepción, en primera instancia, de los jueces y magistrados sobre la función del Consejo Superior de la Judicatura y, en segunda instancia, de los abogados y las partes procesales sobre el grado de aceptación que tienen las políticas del Consejo Superior de la Judicatura en el funcionamiento de la administración de justicia, consignadas en el Plan de Desarrollo de la Rama Judicial 2007-2010.
Es igualmente importante recordar que los resultados del estudio se obtuvieron mediante dos técnicas de investigación con alcances distintos. Por un lado, se hizo una encuesta a jueces y magistrados con representatividad estadística, que permite hacer inferencias a nivel nacional. Por otro lado, se desarrollaron grupos focales con jueces, abogados y partes procesales en distintas ciudades del país que no tenían el propósito de ser extrapolados a nivel nacional sino de profundizar de manera cualitativa y, de esta manera, ilustrar con mayor riqueza algunas percepciones de los usuarios de la justicia sobre los temas en cuestión.
Adicionalmente, vale la pena señalar que esta Cuarta Encuesta de Profundización presenta diferencias respecto de las encuestas anteriores, tanto en la metodología como en las preguntas diseñadas, razón por la cual los resultados de ésta no son directamente comparables con los resultados de las anteriores, si bien algunos de los temas abordados sí ameritan un análisis comparativo. La razón fundamental de este cambio obedece a que en desarrollo del diseño del estudio se pudo identificar que el Consejo Superior de la Judicatura se propuso nuevos enfoques y aproximaciones al funcionamiento del servicio de justicia, más allá de una valoración de si su gestión fue adecuada y recibida bien por sus usuarios naturales (jueces y magistrados). En esa medida, en esta Cuarta Encuesta se diseñaron las preguntas de tal manera que se pudiera obtener información más sólida en cuanto a una perspectiva estratégica de lo que debe ser la función judicial.
8.1 CONCLUSIONES GENERALES
Antes de entrar a realizar conclusiones sobre cada uno de los temas, la Cuarta Encuesta de Profundización arroja como resultado, en relación con las dos encuestas anteriores, que en términos generales la acción del Consejo Superior de la Judicatura en sus diferentes políticas es cada vez más conocida y apreciada por sus "clientes", que son los jueces y magistrados. Esto es reflejo, por un lado, de que este organismo ha venido mejorando sus estrategias de difusión, comunicación y socialización de sus políticas y, por el otro, de que efectivamente su gestión administrativa ha tenido un impacto positivo en el apoyo a la labor judicial en los despachos.
Sin embargo, este grado de conocimiento del rol del Consejo Superior de la Judicatura es el mismo en los usuarios de segundo nivel, es decir, los abogados litigantes y las partes procesales, quienes siguen percibiéndolo como un ente lejano y distante a las necesidades de su actividad litigiosa. De esta manera, resulta pertinente que el Consejo Superior de la Judicatura tenga siempre en mente cuál es su población objetivo de su gestión. Si bien ésta se dirige en forma directa a apoyar la labor de los jueces y magistrados, su propósito final tiene que ver con mejorar el servicio de administración de justicia para el ciudadano.
De igual forma, cabe anotar que, en materia penal, la visión que tiene el Consejo Superior de la Judicatura está muy desarticulada de la dinámica que se da en la FiscalíaGeneral de la Nación, dejando de lado el hecho de que el nuevo sistema penal acusatorio es un todo, lo cual implica que los fiscales y los jueces de control de garantías y los jueces de conocimiento hacen parte de un mismo equipo. El Consejo Superior de la Judicatura debe fortalecer su mirada de corresponsabilidad frente a la justicia penal, de tal forma que la evaluación de la política penal puede hacerse conjuntamente entre éste y la Fiscalía.
De otro lado, es pertinente señalar la falta de conocimiento que tienen los Consejos Seccionales de la Judicatura sobre su propio papel, lo cual conlleva a que los usuarios tampoco sepan muy bien qué servicios prestan estos consejos. Se considera que estos consejos seccionales, con presencia en el nivel territorial, se podrían aprovechar más como medio para conocer la dinámica de la justicia en las regiones. De ahí la necesidad de que haya que fortalecerlos, dotarlos de competencias para realizar investigación social y darles mayor capacidad de comprensión de la problemática de la demanda por justicia en sus territorios. Esto llevaría a promover la visión descentralizada de lo que debe ser el Consejo Superior de la Judicatura, reflejando así la necesidad de abordar la administración de justicia en Colombia de manera diferencial. Es clave, pues, que el diseño de las políticas del Consejo Superior de la Judicatura dé cuenta de las diferencias regionales y avancen hacia un análisis regional de la demanda por justicia.
De igual forma, es importante que en los diagnósticos sobre la demanda por justicia y la oferta judicial disponible en el país, el Consejo Superior de la Judicatura pueda complementar sus análisis de la gestión de los despachos basados en estadísticas diligenciadas por los funcionarios judiciales con información cualitativa sobre los contextos específicos en que se desarrolla la administración de justicia. De ahí que el Consejo Superior de la Judicatura no conozca bien los pormenores de la actividad litigiosa, que es finalmente donde se concreta el servicio de administración de justicia. Evidentemente, las problemáticas no se comportan de igual manera ni en las mismas jurisdicciones ni en las especialidades, ni geográficamente, por lo que la Sala Administrativa tiene que hacer el esfuerzo por cualificar el diagnóstico sobre la misma. Para solo citar un ejemplo, el problema de la congestión no es el mismo en Bogotá y las grandes ciudades que en los pequeños municipios, y en ese sentido las políticas que se propongan deben estar diferenciadas.
Es crítico, por ejemplo, que el diagnóstico sobre el problema de la congestión, construido sobre las estadísticas de la Sala Administrativa a partir de la información entregada por Jueces y Magistrados, tenga en cuenta posibles sesgos en este diagnóstico, que deben ser contrastados con otro tipo de análisis. De acuerdo con la información cualitativa obtenida en el presente estudio, en muchos casos, Jueces y Magistrados cumplen con los requerimientos de información que solicita el Consejo Superior de la Judicatura con lo que se ha dado en llamar el "óptimo de congestión", es decir, con un nivel de congestión definido por cada Juez para, al mismo tiempo, no ser objeto de investigaciones por problemas de congestión, ni tampoco demostrar demasiada eficiencia que podría generarle asignaciones adicionales de trabajo. En últimas, este "óptimo de congestión" es una señal de que los incentivos de la Sala Administrativa no están bien diseñados: los jueces perciben que a quienes mejor hacen el trabajo se les castiga con más trabajo, mientras que quienes no presentan buenos resultados y productividad son premiados con medidas de descongestión.
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